NO

Una patente NO es una autorización de comercialización. Las leyes de patentes son independientes de otras legislaciones, y el cumplimiento de la normativa para la producción y venta de cada producto es competencia de otros organismos que nada tienen que ver con una oficina de patentes.

Por ejemplo, en el caso de los productos dirigidos a la salud humana o animal, serán las Agencias del Medicamento o de Seguridad Alimentaria las responsables de asegurar que el producto cumpla los requisitos de seguridad, y en algunos casos también eficacia, previamente a su puesta en el mercado.

Además, el hecho de tener nuestra invención patentada, NO nos garantiza su explotación, ya que independientemente de la patentabilidad de nuestra invención, debemos contar con los medios necesarios para su desarrollo, producción y venta. Es tristemente frecuente que centros públicos de investigación o pequeñas empresas pese a tener un producto patentado, NO dispongan de la financiación suficiente para su desarrollo y puesta en mercado, y por lo tanto, NO puedan ejercer su derecho de explotación exclusiva.

Tener nuestra invención patentada NO nos garantiza un monopolio, pues en la mayoría de los casos existen otras soluciones que NO infringen nuestra patente y con las que tendremos que competir utilizando estrategias de marketing y ventas. NO siempre la solución más efectiva es la que inunda el mercado.

Por supuesto, NO debemos olvidar el concepto de «libertad de operaciones» (en inglés, Freedom to operate, FTO), es decir: el hecho de tener nuestra patente concedida NO implica que NO estemos infringiendo otras patentes solicitadas anteriormente.

¿Un ejemplo?

Presentamos una patente A que protege una silla con masajeador y un accesorio abatible para pies incorporado. Aunque nuestra patente A cumpla los  requisitos de novedad y actividad inventiva, si existe una patente B presentada anteriormente que describa una silla con masajeador (sin accesorio abatible para pies), nuestra patente A DEPENDERÁ de esta patente B, y tendremos que llegar a un acuerdo con su propietario para poder comercializar nuestra silla masajeadora.

Por otra parte, la presentación de una patente NO nos otorga un derecho inmediato para evitar que terceros comercialicen nuestra invención. Desde el momento en que presentamos una solicitud hasta su concesión, la patente es sometida a varios exámenes, contestaremos acciones oficiales, e incluso tendremos entrevistas con los examinadores de las diferentes oficinas de patentes para convencerles que nuestra patente realmente merece ser concedida.

Pero aunque tengamos en nuestras manos el título de concesión, esto NO significa que podamos impedir la infracción. Si nos enteramos que alguien está infringiendo nuestra patente, debemos comenzar acciones legales para demostrar esta infracción, algo que sólo empresas con suficiente capacidad económica pueden permitirse.

En el caso de pequeñas empresas u organismos públicos, es más práctico intentar alcanzar un acuerdo de licencia con el infractor y permitirle explotar nuestra invención a cambio de un porcentaje de las ventas.

E incluso si tenemos los medios para llevar a nuestro infractor ante un tribunal y acudimos con nuestra patente concedida tras un largo proceso de acciones oficiales, NO tenemos la seguridad de que el fallo nos sea favorable.

Así es, independientemente de lo fuerte que parezca nuestra patente, puede ser desestimada en cualquier momento, y NO sólo si somos nosotros quienes acudimos al tribunal para denunciar una infracción, un tercero puede también llevarnos a un litigio y conseguir invalidar nuestra protección.

Y finalmente, una patente NO conlleva un derecho universal. Pese a la existencia de tratados internacionales y regionales, la realidad es que cada país tiene su propia legislación en materia de patentes, por lo que debemos lidiar con cada una de las oficinas de manera independiente para conseguir la concesión.

Y dentro de la soberanía de cada territorio se encuentra el permitir o NO que se patenten determinadas invenciones, o incluso todavía hay países en los que NO se respetan los derechos de propiedad industrial, por lo que a efectos prácticos tener  una patente concedida allí es papel mojado.

Y entonces, ¿para qué sirve una patente? Eso lo dejamos para otro post…